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ZEEE´s
Zonas
Especiales Económicas de Exportación |
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¿Cuáles
son las Zonas que cuentan con estos beneficios Colombia?
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Buenaventura.
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Ipiales.
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Tumaco
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Valledupar
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Cúcuta. |
¿Cuáles son los usuarios
de las ZEEE's?
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Usuario
Industrial:
Son las personas jurídicas nacionales
o extranjeras que invierten en un proyecto industrial
para exportar bienes o servicios.
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Usuario
Estructurador:
Son las personas jurídicas que deseen
adelantar proyectos en Infraestructura y Educación
Avanzada que ayuden al desempeño de la Zona
y demuestren que con su inversión coadyudan
al desempeño competitivo de la Zona. |
¿Cuáles son las condiciones
del acceso a las ZEEE's?
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Monto
mínimo de inversión:
- Dos primeros años de vigencia de la ley:
US $ 1.000.000.
- Al tercer año: US $ 1.500.000.
- A partir del cuarto año: US $ 2.000.000.
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Compromiso
exportador:
- El 80% de la producción debe ser exportada.
- El 100% cuando se utiliza la importación
de materias primas agropecuarias importadas.
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Otras
condiciones de acceso:
- Generación de Empleo.
- Incorporación de tecnologías avanzadas.
- Permanencia en la Zona Económica.
- Producción limpia.
- Encadenamiento con la industria nacional.
- Preservación de aspectos sociales y culturales.
- Ser una inversión totalmente nueva, tener
como mínimo un millón de dólares,
y exportar el
80% de la producción. No se
aplica el régimen a la relocalización
de empresas. |
¿Cuáles son los beneficios
que ofrecen las ZEEE's?
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Exención
en el pago de impuesto de Renta sobre ingresos derivados
de las exportaciones. |
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Utilidades
y giros al exterior no causan impuestos. |
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Constructores
y operadores de obras de infraestructura exentos
de impuesto de Renta. |
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Exención
en el pago de aranceles por la importación
de bienes de capital, insumos, partes y repuestos. |
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Régimen
laboral más flexible, que garantiza la seguridad
social, pero con menores recargos. |
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En
esta materia se permite la contratación de
personal sin recargo por nocturnos ni festivos,
y se reducen en 50% los aportes de la empresa al
Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), al Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las
cajas de compensación. Adicionalmente, se
podrán pagar salarios integrales para empleados
que devenguen más de 3 salarios mínimos
(COL$309.000 para 2002). Es decir, que si bien las
relaciones laborales se regirán por el Código
Sustantivo del Trabajo, se le aplican las reglas
especiales arriba mencionadas (Artículo 15
de la Ley de ZEEE). |
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En
materia aduanera y tributaria, las ZEEE tendrán
los mismos incentivos que las Zonas Francas Industriales
de bienes y servicios. |
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Bienes
públicos improductivos pueden ser alquilados
a las empresas exportadoras. |
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Los
usuarios podrán ser personas jurídicas
de cualquier nacionalidad que celebren el contrato
de admisión a la zona correspondiente. Para
ello se tiene prevista la constitución de
una póliza que avale el cumplimiento de todos
los compromisos constituidos en el contrato de admisión,
y cuyo monto será equivalente al 10% de la
inversión. |
¿Cómo acceder a los
beneficios de las ZEEE's?
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Presentación del Proyecto al Comité:
Mincomex, DNP, Alcalde, Promotora, Minagricultura.
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El comité verifica el
cumplimiento de los requisitos de la Ley.
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Aprobación del proyecto.
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Firma de contrato de contrato
y póliza de cumplimiento,
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Contratación de empresa
de auditoría externa.
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Montaje e inicio de proyecto. |
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