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Es una nueva herramienta que le ofrece la posibilidad al usuario de renovar su Matrícula Mercantil y de Entidades Sin ánimo de Lucro en línea, sin tener que desplazarse hasta las sedes de la Cámara de Comercio. Es muy fácil y se ingresa a través de www.ccc.org.co/registraya.
Beneficios de renovar la inscripción en el Registro Único de Proponentes:
» Con la renovación, los Proponentes mantienen la información de este registro actualizada.
» Renovando el Registro Único de Proponentes se habilita a las empresas para participar en los procesos de contratación con el Estado.
» Renovando a tiempo se le da vigencia al registro por un año más.
Beneficios de Renovar el Registro Nacional de Turismo:
» Con la renovación se mantiene al día la información que figura en el Registro Nacional de Turismo.
» La renovación del registro avala la operación del establecimiento y le permite continuar prestando sus servicios.
» Renovando a tiempo se le da vigencia al registro por un año más.
Es una nueva herramienta que le ofrece la posibilidad al usuario de renovar su Matrícula Mercantil y de Entidades Sin ánimo de Lucro en línea, sin tener que desplazarse hasta las sedes de la Cámara de Comercio. Es muy fácil y se ingresa a través de www.ccc.org.co/registraya.

Posibles Sanciones:
» De conformidad con el artículo 28 de la Ley 1727 de 2014, la Superintendencia de Industria y Comercio adelantará las respectivas investigaciones administrativas e impondrá las sanciones a los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar dentro de los tres primeros meses de cada año, sanción que podrá ser hasta de diecisiete (17) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
» Igualmente, de acuerdo con el artículo 31 de la misma Ley a partir del 11 de julio de 2015, las personas jurídicas que no hayan renovado la matrícula mercantil o su inscripción (ESALES), en los últimos cinco años, quedarán disueltas y en estado de liquidación.
» En el caso de los personas naturales, sucursales, agencias y establecimientos de comercio, que en los últimos cinco años no hayan renovado la matrícula mercantil, se les cancelará su matrícula.
GRANDES DESCUENTOS:
Este año, los empresarios que renueven antes del 31 de marzo recibirán grandes beneficios que contribuirán a la competitividad de su empresa. Aproveche y haga uso de estas importantes herramientas:
» 20% de descuento en paquete de bases de datos.
» 30 consultas gratis en el portal Conozca su Cliente.
» 40% de descuento para la Agenda Académica de Exponegocios 2015.
» 40% de descuento para participar como oferente en la Rueda de Negocios de Exponegocios 2015.
» 15% de descuento en seminarios de exportaciones.
» 10% de descuento en misiones comerciales nacionales.
» 10% de descuento en acompañamiento para la implementación de NIIF.
» 30% de descuento en programas de formación.
» 30% de descuento en servicios de Conciliación y Arbitraje.
En www.ccc.org.co podrá conocer los términos, condiciones y restricciones de estos cupones de descuento. » De conformidad con el artículo 28 de la Ley 1727 de 2014, la Superintendencia de Industria y Comercio adelantará las respectivas investigaciones administrativas e impondrá las sanciones a los comerciantes que no cumplan con la obligación de renovar dentro de los tres primeros meses de cada año, sanción que podrá ser hasta de diecisiete (17) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
» Igualmente, de acuerdo con el artículo 31 de la misma Ley a partir del 11 de julio de 2015, las personas jurídicas que no hayan renovado la matrícula mercantil o su inscripción (ESALES), en los últimos cinco años, quedarán disueltas y en estado de liquidación.
» En el caso de los personas naturales, sucursales, agencias y establecimientos de comercio, que en los últimos cinco años no hayan renovado la matrícula mercantil, se les cancelará su matrícula.