En la conciliación usted es el protagonista de su propio acuerdo. Resuelva sus diferencias con clientes, arrendatarios o proveedores, a través de un proceso sencillo rápido y confidencial entre las partes.
Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
Beneficios
- Evita pleitos: Pone fin a los conflictos existentes o evita uno eventual
- Rapidez: El trámite se desarrolla y se agota en una única audiencia
- Validez Jurídica: El acuerdo conciliatorio tiene los mismos efectos de una sentencia judicial
- Economía: se ahorran los costos que implica un largo proceso judicial
- Confidencialidad: la información de la audiencia es reservada
- Cosa Juzgada: El conflicto que se resuelve en audiencia, no puede ser discutido nuevamente en otra instancia
- Exigible: El acta de Conciliación presta mérito ejecutivo