¿Qué es el Sistema Preventivo de Fraudes – SIPREF?
Es un sistema creado para prevenir y evitar que terceros al ajenos al titular del registro, modifiquen la información que reposa en ellos, con la intención de defraudar a la comunidad.
Es un sistema creado para prevenir y evitar que terceros al ajenos al titular del registro, modifiquen la información que reposa en ellos, con la intención de defraudar a la comunidad.
Empresarios, personas naturales o jurídicas y demás entidades matriculadas o inscritas en los registros públicos que manejan las cámaras de comercio.
Las Cámaras de Comercio harán una verificación formal de la identidad de las personas que presenten o reingresen peticiones registrales e implementarán un sistema de alertas que permitirá a los titulares de la información registral, adoptar medidas tempranas que eviten o detengan posibles conductas fraudulentas.
Con el fin de garantizar la seguridad de la operación registral en tema de nombramientos, la Cámara de Comercio de Cali contacta además al titular del registro para informarle sobre el trámite radicado.
Los mecanismos y herramientas del SIPREF no generarán costo alguno para los matriculados o inscritos.
Se exceptúan del SIPREF, el Registro Nacional de Turismo, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo, los libros electrónicos, y las solicitudes y órdenes provenientes de las autoridades judiciales o administrativas como por ejemplo: embargos, inscripciones de la demanda, medidas cautelares, entre otras.
Para efectuar trámites de renovación de matriculados o inscritos «activos», no se realizará la validación de la identificación del solicitante al momento de la radicación de los formularios, ni tampoco se requerirá dejar evidencia de la identificación de quien presenta físicamente la solicitud. Lo anterior, sin perjuicio de enviar las respectivas alertas.
Además de incrementar la seguridad y confiabilidad en la operación de los registros públicos, tiene las siguientes ventajas:
Para tal fin, debe informarse a la Cámara de Comercio, el número del documento de identidad, junto con la fecha de expedición del mismo, sin que se requiera de su presentación física.
Para las personas extranjeras nombradas que cuentan con cédula de extranjería, deberán indicar el número y fecha de expedición para verificar en el sitio web de Migración Colombia. Si no tiene cédula de extranjería, deberá adjuntar copia simple del pasaporte.
El titular del registro podrá presentar oposición a la solicitud de registro, antes de que se efectúe la inscripción y únicamente en los dos siguientes casos:
Quien altere o modifique la información de los registros públicos de manera injustificada puede verse incurso en la comisión de un delito de conformidad con lo establecido en el Código Penal colombiano y demás normas vigentes.
Para los matriculados o inscritos que no hayan renovado su matrícula o inscripción, o que no hayan registrado actas o documentos durante los tres (3) últimos años y deseen renovar, inscribir o modificar información de sus registros, ésta deberá solicitarse por las siguientes personas: