De acuerdo con la normatividad vigente, las actas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Número del acta
  • Lugar y fecha de la reunión
  • Órgano competente
  • Convocatoria (medio, antelación y órgano que convoca)
  • Quórum
  • Designación de presidente y secretario
  • Decisiones adoptadas
  • Número de votos con el que se aprueban las decisiones
  • Aprobación del acta
  • Firma del presidente y secretario

Si se trata de una copia o un extracto del acta, esta debe estar autorizada por el secretario o por algún representante legal de la entidad.